Cobertura vehículo sustitución

Una cobertura cada vez mas útil, pero como todas con sus limitaciones.
Ahora vamos analizar las de Catalana Occidente.
El vehículo de alquiler será similar al asegurado, del mismo grupo que tiene clasificado las compañías de alquiler. El grupo máximo es el D.
Supuestos en que se da la cobertura:

  1. La reparación de los daños sufridos por el vehículo asegurado en un siniestro cubierto por las garantías de Daños, Incendio o Robo o, incluso faltando dichas garantías, en accidentes de circulación cuyo responsable sea un tercero. La duración máxima de la prestación será de 7 días.
  2. Pérdida total del vehículo asegurado en un siniestro cubierto por las garantías de Daños o Incendio o, incluso faltando dichas garantías, en accidentes de circulación cuyo responsable sea un tercero. En este supuesto la duración máxima de la prestación será de 15 días a contar desde el momento en que el perito declare la situación de pérdida total.
  3. Sustracción completa del vehículo asegurado y si esta contratada la garantía de Robo. En este caso la duración máxima de la prestación será de 30 días

Para puedas utilizar esta cobertura es preciso que el vehículo no pueda ser reparado en una sola jornada laboral.

El asegurado tiene un plazo máximo de 60 días para solicitar la reserva de vehículo, desde declarar el siniestro. Transcurrido dicho plazo no se facilitará vehículo de sustitución.

No se reembolsarán facturas de alquiler de vehículos no solicitados a la aseguradora.

La entrega del vehículo de alquiler, por parte de la aseguradora, queda supeditada a las
disponibilidades existentes y al cumplimiento de los requisitos que pueda exigir el contrato
de alquiler.

El lugar de entrega y recogida del vehículo de alquiler será en todo caso España o Andorra en las pólizas contratadas en dicho país.

No se garantiza por esta cobertura:

  • La inmovilización derivada de avería mecánica o de la rotura de lunas del vehículo.
  • Los gastos en combustible, peajes, aparcamientos y posibles franquicias concertadas en el contrato de alquiler, los cuales serán a cargo del asegurado.
  • Los accidentes ocurridos fuera de España y Andorra.


Links con mas información sobre la cobertura de vehículo sustitución.

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