SEGURO DE ACCIDENTE Y ENFERMEDAD AUTONOMOS

Si eres autónomo amplia tu protección de salud. 

La Seguridad Social cada vez nos recorta más , por ello creo que debes pensar en una alternativa en caso de enfermedad y accidente para que por lo menos no pierdas.

Realiza un seguro accidentes individual para Autónomos y Empresarios, te ayudará en caso de baja laboral, cubrir esas necesidades, hay varias compañías que ya tienen ese producto.

Hoy vamos exponer el seguro que comercializa "Catalana Occidente"

 Seguro accidentes individual Protección Autónomos y Empresarios de Catalana Occidente

Un seguro con una indemnización según un baremo de días de baja. En caso de sufrir una lesión o afección que te impida temporalmente  realizar tu labor profesional, podrás saber qué cantidad percibirás en función del subsidio. Si no hay baremo en la poliza, te dan diaria según lo contrato (15€, 30€, 60€, etc.). Y todo ello, con la ventaja de una rápida tramitación e indemnización, sin esperar el alta médica.

También se incluye una ampliación de seguro, que te permitirá tener una compensación económica si el periodo de incapacidad temporal excede el tiempo fijado en el baremo de la póliza, percibiendo por dicha ampliación el 50% de la dieta diaria.

Está ampliación esta condicionada a ciertos supuestos.

También se incluye para patologías con “0 días de indemnización”, para cuando el periodo de baja médica es al menos de 5 días consecutivos, también indemnizándote al 50% de la dieta contratada.

Puede ampliar esta indemnización diaria para cuando se causa de hospitalización, tanto por enfermedad como por accidente.

Os pongo un cuadro de costes por edades:

PENDIENTE SUBIR CUADRO COSTE POR INDEMNIZACIÓN.


Ademas hay que tener en cuenta que incluye siguiente coberturas:
- Invalidez permanente por accidente : 30.000 €
- Defensa Jurídica: 3.000€
- Asistencia Familiar y Tarjeta Multisalud.
- Protección de pago de prima: Si cumple una condicciones y estás en situación de deseempleo o Incapacidad laboral, la compañía te abona la prima del seguro.



Periodos de Carencia:


  • Desde la fecha entrada en vigor la póliza por accidente o enfermedades de graves ( urgencia Vital).
  • A partir de 3 meses entran las enfermedades , excepto la obstetricia que es a 8 meses.
¡¡ A que esperas a contratar tu seguro de salud !!

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